jueves, 9 de febrero de 2012

Normativa de Pesca en Kayak en las Islas Canarias...



Me he comprado un kayak para irme de pesca, y ahora me pregunto: ¿Me hace falta alguna Licencia o Titulación para irme de pesca con mi kayak?

Después de horas metido en Internet, según he entendido, el kayak está definido como artefacto flotante o de playa. En la normativa consultada - ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por laquese regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones derecreo - dice que:

Para el gobierno de las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,03 kw. y de hasta 4 metros de eslora, las de vela de hasta 5 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, no será preciso estar en posesión de las titulaciones enumeradas en el artículo 6, pero sólo podrán navegar durante el día, en las zonas delimitadas por la capitanía marítima. No obstante, no se podrán superar en momento alguno las limitaciones del título de patrón para navegación básica“.

Así que concluyo que no se necesita titulación alguna para navegar con un kayak en la mar. Eso si, nuestro límite de navegación será de una milla (1 milla) desde costa, salvo que nuestra Capitanía Marítima diga lo contrario, y jamas superando en momento alguno las limitaciones del titulo de patrón para navegación básica... (5 millas).

Dentro de las citadas restricciones de distancia, podremos palear y pescar sin ningún problema, desde que estés debidamente habilitado con la licencia de pesca pertinente - Licencia de pesca de 3ªclase - que Autoriza la práctica de la pesca marítima de recreo en superficie, efectuada desde tierra o desde embarcación sin utilizar el curricán de superficie.

Una vez que tengas la licencia de pesca, ya puedes echar el kayak en el mar y disfrutar de la pesca.
Dos cosas que creo fundamental: Lo primero es la seguridad, hay que tomar las medidas de seguridad oportunas antes de empezar la jornada de pesca... Y lo segundo, pero no menos importante, que es respetar el Reglamento de la Ley de Pesca de Canarias, principalmente lo que trata de las capturas (las capturas por persona y día se limitan a un máximo de cinco kilogramos, en varias piezas o en una sola de peso superior) y también respetando las tallas mínimas (los ejemplares que no superen las tallas mínimas serán devueltos inmediatamente al mar) y las especies protegidas.... Yo no tengo ningún problema... Generalmente practico el “Pesca y Suelta”, salvo alguna que otra vez, que me agarro a la “Pesca de Subsistencia”...jejeje

Una FuertePesca a todos!






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